Prisión preventiva oficiosa su inconvencionalidad en el proceso penal acusatorio y oral en México.
Resumen
El presente trabajo, estudia minuciosamente la figura jurídica de la prisión preventiva oficiosa, contenida en el artículo 19 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación con el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Este estudio plantea que, la aplicación de la prisión preventiva en su corte oficiosa desde que nació con la reforma del 2008 y sus continúas reformas del 2011 y 2019, mostraron que su imposición se torna automática y no detalla expresamente o tácitamente la finalidad de imponer en su modalidad oficiosa. Lo que significa en términos prácticos, que impide controvertir el fundamento y los hechos por los cuales están siendo vinculados a proceso todos los indiciados que se les impute un delito contenido en un catálogo del 19 Constitucional, por ese motivo la figura ¿oficioso¿ se vislumbró desde sus inicios y bajo esta examinación de tesis que es Inconvencional.
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