El régimen constitucional del municipio.
Abstract
En el contexto constitucional mexicano, diversas fueron las decisiones fundamentales adoptadas por el Constituyente reunido en Querétaro entre 1916 y 1917. El régimen municipal, el municipio libre, fue una de esas decisiones fundamentales que más tarde retomarían los Constituyentes locales y con la cual se pensaba fortalecer el sistema federal, en aras de favorecer la descentralización necesaria para que las autoridades más cercanas a los ciudadanos cumplieran con su cometido a favor de la sociedad. El municipio libre fue una noción que surgió de los procesos revolucionarios y encontró eco en el Constituyente que daría el texto fundamental de 1917. El cambio estaba vinculado con una demanda añeja, que ya estaba incluso contenida en el Programa del Partido Liberal Mexicano (1906): la supresión de los jefes políticos y la reorganización de los municipios que habían sido suprimidos, con el correspondiente robustecimiento del poder municipal. No fue el único lugar donde se exigió su reforma. En el Plan de San Luis encontramos ya la crítica al modelo por el cual se imponían las autoridades municipales y tanto en el reyista Plan de la Soledad (1911), como en el orozquista Plan de la Empacadora (1912) y en el carrancista Plan de Guadalupe (1913), encontramos la misma posición. Carranza avanzará tempranamente con la reforma constitucional en materia municipal en diciembre de 1914.